La publicidad en carreteras ha sido un recurso ampliamente utilizado para captar la atención de conductores y pasajeros. Sin embargo, este formato publicitario enfrenta estrictas regulaciones legales que limitan su implementación, con el objetivo de garantizar la seguridad vial y preservar el entorno visual.
En este artículo, desglosamos las normativas clave, las prohibiciones y excepciones, así como las sanciones relacionadas con la publicidad en carreteras.
¿Qué Ley Regula la Publicidad Exterior en las Carreteras?
La Ley de Carreteras (37/2015), en vigor desde el 1 de noviembre de 2015, regula la ordenación y gestión de la Red de Carreteras del Estado. En ella se establecen las normas para el uso y defensa de las carreteras, incluyendo las limitaciones para la publicidad exterior.
El artículo 37 de esta ley establece las reglas para la instalación de carteles publicitarios en zonas de dominio público y protección, con el objetivo de garantizar la seguridad vial y evitar distracciones.
Anteriormente, la normativa se encontraba en los artículos 88 a 91 del Real Decreto 1812/1994, pero fue actualizada para adaptarse a las necesidades actuales de regulación en carreteras.
¿Dónde Se Puede Publicitar y Dónde No en las Carreteras?
Prohibiciones Generales
- Zonas no urbanas: Está prohibida la instalación de publicidad en autopistas, autovías y cualquier tramo de carretera fuera de zonas urbanas donde los carteles sean visibles desde la calzada.
- Tipos de Soportes: La normativa incluye restricciones a rótulos, carteles, logotipos, imágenes o cualquier tipo de elemento publicitario que pueda captar la atención de los conductores.
- Intervención del Ministerio de Fomento: Este organismo tiene la potestad de retirar o exigir modificaciones en cualquier cartel que no cumpla con las normativas.
Excepciones Permitidas
A pesar de las restricciones, existen ciertas situaciones en las que sí está permitida la instalación de publicidad:
- Carteles Informativos:
- Rótulos que comuniquen la identidad corporativa de actividades desarrolladas en la propiedad donde se sitúan.
- Señales de servicios esenciales, como gasolineras.
- Lugares de Interés:
- Carteles que indiquen poblaciones, urbanizaciones, centros turísticos o culturales.
- Señalización de Obras:
- Anuncios relacionados con trabajos en la carretera.
En todos estos casos, la instalación debe contar con la autorización previa del Ministerio de Fomento.
Multas y Sanciones por Infracciones en publicidad en carreteras
El incumplimiento de las normativas puede acarrear severas sanciones:
- Multas económicas: Las sanciones comienzan desde los 9.796,51 euros y pueden llegar hasta los 198.333,99 euros, dependiendo de factores como:
- El peligro provocado a los usuarios.
- Las dimensiones del soporte publicitario.
- La distancia de la calzada.
- La reincidencia del responsable.
- Responsabilidad Solidaria: Las multas pueden dirigirse a:
- El titular de la valla publicitaria.
- La empresa anunciante.
- El propietario del terreno.
¿Por Qué Se Reguló la Publicidad en las Carreteras?
El principal motivo detrás de estas regulaciones es la seguridad vial. Los estudios han demostrado que los carteles publicitarios en carreteras pueden distraer a los conductores, aumentando el riesgo de accidentes.
La ley busca minimizar estas distracciones, priorizando la seguridad de los usuarios de las vías.

Conclusión
La publicidad en carreteras es una herramienta poderosa, pero sus limitaciones legales deben ser entendidas y respetadas para evitar sanciones y garantizar la seguridad vial. Antes de planificar una campaña publicitaria en carreteras, es fundamental conocer las normativas vigentes y contar con las autorizaciones necesarias.
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